Barreda anuncia la paralización de las obras que vulneran la ley de la conservación de la naturaleza
Barreda anuncia la paralización de las obras que vulneran la ley de la conservación de la naturaleza
Barreda anuncia la paralización de las obras que vulneran la ley de la conservación de la naturaleza
El Presidente regional informa de que el Consejo de Gobierno ha ordenado la paralización de unas obras en Liétor (Albacete) por atentar contra un paraje que se encuentra sometido a un régimen de protección preventiva.
El presidente de Castilla-La Mancha, José María Barreda, anunció que la consejera de Medio Ambiente ha informado hoy al Consejo de Gobierno sobre la resolución por la que se ordena la paralización de unas obras, en el término municipal de Lietor (Albacete), que están vulnerando la Ley de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha.
Según informó Barreda, la resolución fue adoptada ayer por la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Albacete tras la denuncia realizada por los agentes medioambientales que constataron el inicio de las obras en un paraje que se encuentra sometido a un régimen de protección preventiva.
A preguntas de los periodistas sobre si las obras en cuestión estaban relacionadas con la conexión del Talave-Cenajo, el presidente señaló que el Gobierno de Castilla-La Mancha no ha recibido una comunicación oficial al respecto, pero, en cualquier caso, dejó clara la oposición rotunda del Ejecutivo que preside a la ejecución de estas obras.
Asimismo, recordó que el Consejo de Gobierno del pasado 29 de junio de 2004 acordó el inicio del procedimiento para la elaboración y aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de la Sierra Baja del Segura y los Pinares de Hellín, en Albacete, estableciendo el régimen de protección preventiva que incluye la zona afectada por las obras.
El artículo 30 de la Ley 9/99, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza establece que durante la tramitación de un PORN no podrán realizarse actos que supongan una transformación sensible de la realidad física y biológica que pueda llegar a hacer imposible o dificultar de forma importante la consecución de los objetivos del Plan. La ejecución de dichos actos está tipificada como infracción grave en el artículo 109.13 de la citada Ley.
Además, la superficie donde se están acometiendo las obras es una zona propuesta por el Gobierno castellano-manchego como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) y, a su vez, está en tramitación como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), lo que conlleva la necesidad de la evaluación de la repercusión e impacto ambiental por el órgano competente de la Comunidad Autónoma con carácter previo al inicio de cualquier actividad que pueda afectar a sus valores naturales.
Asimismo, la Ley 2/1998, de 31 de mayo, de Conservación de Suelos y Protección de Cubiertas Vegetales Naturales exige la autorización previa de la Consejería de Medio Ambiente para la eliminación de las cubiertas vegetales de matorral o arbolado.
Todos estos argumentos han llevado a la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Albacete a pedir a la empresa ejecutora de las obras su inmediata suspensión y paralización. En caso de incumplimiento de esta resolución, se dará traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal por un presunto delito de desobediencia.